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Protégete de las malas prácticas en la emisión de facturas

La nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) ha traído a la mesa nuevas y viejas prácticas que, a ojos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), son consideradas como irregulares. Estas anomalías tienen en ocasiones serias consecuencias para los contribuyentes, por lo que es recomendable conocerlas. Una de las primeras irregularidades de las cuales advierte la autoridad es incrementar el precio de un bien o servicio cuando se solicita una factura. Aunque esta es una práctica que se ve cada vez en menor medida, aún persiste, advirtió Miguel Chamlaty, presidente del Consejo Directivo SFAI México. “Cuando alguien se atreva a decirle que va a aumentar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o un porcentaje por una factura, a usted debe quedarle claro que está frente a una empresa que está evadiendo impuestos, y seguramente son operaciones en efectivo de las cuales no quiere dejar rastro”, explicó. El especialista agregó que la emisión de facturas no debe afectarle porque puede disminuir ese IVA contra el que él paga cuando él factura. “Sin embargo, muchas veces el empresario cree que está pagando algo que no podrá recuperar, y al contrario: el hecho de que no tenga un comprobante fiscal le provocará que no pueda disminuir el IVA y no pueda deducir una erogación, provocando que pague más impuestos. Es contraproducente sumarse a esa idea de no pedir factura porque le va a costar más caro”, enfatizó. Otra de las irregularidades más comunes es negar una factura argumentando que no se solicitó al momento de la compra. A decir del órgano fiscalizador, el comprobante “se puede emitir después, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación”. Aunque esta es la recomendación del SAT, Miguel Chamlaty refirió que por cuestiones administrativas de las empresas esto no siempre será posible. “Es normal que una empresa, por política de orden administrativo, le diga que tiene cuatro o cinco días terminado el mes para aceptar su factura. Es realmente una práctica de orden administrativo pero no está del todo regulada esa situación”, dijo. Algo similar ocurre cuando se obliga a un receptor a generar su factura en un portal. Un contribuyente puede obtener su comprobante fiscal en el establecimiento o, si así lo desea, en la web del emisor, pero no puede serle negada al hacer su compra. “Cuando va a un negocio y le dicen que puede sacar su factura con un ticket en la página, y usted está de acuerdo y se va, significa que está aceptando ese medio de facturación, pero si le dice a la persona que desea su factura al momento, deben hacerlo, o de lo contrario ellos incurrirían en una infracción”, explicó el especialista. ATENTO CON LAS FORMAS DE PAGO al facturar Otra de las anomalías de las cuales advierte el SAT es cuando un establecimiento se niega a emitir una factura cuando se paga en efectivo. Recuerde que la nueva versión del CFDI requiere datos sobre formas de pago, ya sea tarjeta de crédito, efectivo, cheque, transferencia, monederos electrónicos, etcétera, por lo que esto no es excusa para que se le niegue un comprobante fiscal. De ahí que también sea una irregularidad que se registre una forma de pago distinta a la recibida, o registrarla sin que esté pagada. Finalmente, el SAT advierte que los anticipos también deben facturarse. Al respecto, el directivo de SFAI México explicó que cuando a un negocio no se le ha pagado pero su cliente requiere de una factura, deberá utilizar en el campo de forma de pago la opción “Por definir”. “Esa opción le obliga a que después tendrá que emitirse otro comprobante llamado de ‘Recepción de pagos’, donde se plasme cómo se está pagando la operación”, agregó. Recuerde que el SAT no tiene suscrito convenios con ningún contribuyente, cámara o asociación para evadir la emisión de facturas.   Fuente: El Economista.

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Qué es lo que debe saber de la nueva forma de facturación

A partir del primer día de enero entró en vigor la obligatoriedad de la nueva versión 3.3 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por lo cual todos los contribuyentes, sin excepción, tendrán que generar sus facturas bajo esta nueva versión. Originalmente, se tenía planeado que la nueva versión 3.3 entrará en vigor a partir del 1 de julio del año pasado; sin embargo, se otorgaron dos prórrogas dado que muchos contribuyentes, tanto personas físicas como morales, encontraron dificultades para migrar a la nueva versión, refirió José Manuel Velderrain, socio director de Velderrain Sáenz y Asociados. “El principal problema que ven los contribuyentes es un cambio operativo, ya que ahora se tiene que hacer el timbrado del complemento de pago y esto implica para muchos clientes el cambio de operación de la manera en que administran su negocio. Es un cambio operativo, no sólo de sistema”, afirmó el también presidente de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México. Asimismo, explicó que los contribuyentes tendrán que facturar como lo hacían con la versión 3.2, pero ahora con nuevos requisitos y hacer el complemento para la recepción de pago; es decir, además de hacer el CFDI de cuando se emite el recibo, ahora se tendrá que hacer otro de cuando le pagan. La emisión de comprobantes con el Complemento para la Recepción de Pagos será obligatoria hasta el 31 de marzo de este año. “Este nuevo complemento está pensado, principalmente, para dar solución a problemas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha detectado con anterioridad, además de que simplifica y facilita la conciliación entre los pagos, parciales o totales, de facturas a crédito. Las desventajas del complemento de recepción de pagos serán el incremento del consumo de timbres y el número de operaciones y registros. Además, con su uso y una vez acreditado un cobro, imposibilitará la cancelación de facturas”, aseveró la empresa de facturación Microsip. Cabe destacar que esta versión cuenta con 22 nuevos campos, entre los cuales destacan el uso de CFDI, régimen fiscal del emisor, número de registro tributario del receptor, uso del CFDI para el receptor, entre otros. Además, añade 17 catálogos, como código postal, clave de producto o servicio, entre otros, con lo cual el contribuyente tendrá que elegir entre más de 50,000 códigos clave del producto o servicio. “Respecto al CFDI sin el complemento de pagos, lo que más se les ha complicado a los contribuyentes es elegir su concepto con el que van a facturar, ya que existe una lista de alrededor de 52,000 conceptos, en donde se tiene que elegir en cuál se va a facturar”, agregó. Asimismo, la versión 3.3 trae consigo 46 reglas de validación, como RFC del receptor registrado, zona horaria basada en el código postal del emisor, régimen fiscal del emisor, entre otras, explicó Microsip. Por otro lado, el 1 de julio de este año entrará en vigor el proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas, en la cual el emisor debe notificar al receptor y al fisco acerca de la cancelación para que ésta sea exitosa. FREELANCERS SE DEBEN ADAPTAR Por otro lado, Jorge López, director ejecutivo de Interfactura, indicó que alrededor de 1 millón 500,000 contribuyentes que laboran en el país bajo el régimen de honorarios son los que tendrán que adaptar su proceso de facturación a la nueva versión 3.3. “Los cambios que acompañan a la nueva versión implican un proceso de adaptación que deben atender todas las personas que actualmente realizan, de manera individual, sus recibos de honorarios”, explicó a través de un comunicado. De acuerdo con Jorge López, aquellos contribuyentes que trabajan por honorarios deben atender tres principales cambios que trae esta nueva versión: cambio de nombre, nuevos requerimientos y claves personalizadas. “Lo que antes se conocía como Recibo de Honorarios ahora es un CFDI de Ingresos, que contiene las mismas características que ya tenía el documento, por lo que los trabajadores encontrarán en el nuevo documento muchos de los campos que ya conocen”, indicó. Agregó que este CFDI de Ingresos viene acompañado de nuevos requerimientos que el emisor debe llenar, como el RFC del receptor y el desglose de impuesto a nivel concepto, así como las claves de concepto y unidad. Las claves, añadió, son totalmente personalizadas, basadas en el emisor y su actividad. El nuevo catálogo cuenta con más de 52,000 opciones a elegir divididas en: Tipo, División, Grupo y Clase. Para este propósito, el SAT ha puesto a servicio de los contribuyentes un buscador de claves que se puede encontrar en el siguiente enlace: http://200.57.3.46:443/PyS/catPyS.aspxhttp://200.57.3.46:443/PyS/catPyS.aspx. ÚNICA FACTURA VÁLIDA En su momento, Adrián Guarneros Tapia, administrador general de Servicios al Contribuyente del SAT, alertó que aquellos pagadores de impuestos que, aún después de las prórrogas que se dieron, no emitan facturas con la nueva versión, el documento que originen no tendrá validez, lo que podría ocasionarles problemas, más adelante, al presentar su declaración anual. Destacó que hacia el futuro, la nueva versión de la factura lograría que 90% de los contribuyentes reduzcan, en un plazo a definir, de cuatro obligaciones fiscales a cero. Dichas obligaciones son: la declaración informativa de operaciones con terceros, la contabilidad electrónica, la declaración mensual de Impuesto al Valor Agregado y la declaración provisional del Impuesto sobre la Renta.   Fuente: El Economista.

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Te decimos como hacer más fácil tu declaración anual

Faltan pocos días para que termine el año. Además de ocuparte de las compras para la cena de Navidad y de Año Nuevo, también debes poner en orden tus facturas electrónicas, porque una vez que finalice 2017 no podrás reclamar los comprobantes fiscales del año que concluyó. En abril de cada año, los contribuyentes deben presentar su Declaración Anual y para ello se necesita acreditar los gastos mediante facturas, para poder deducir y lograr saldos a favor. Expertos señalaron que generar una declaración anual organizada, planeada y libre de deudas es posible a partir de la creación de una estrategia fiscal, la cual aumenta la probabilidad de obtener un saldo a favor. Javier Arreguín, socio director de AS Consultores, hizo énfasis en que lo más importante en estos días es que los contribuyentes tengan todas sus facturas de las compras efectuadas durante el ejercicio fiscal 2017. Debes tener en cuenta que existe un periodo de 30 días para pedir los Comprobantes Fiscales (CFDI) que te falten, por lo que si en el último mes hiciste compras y gastos deducibles de acuerdo con lo indicado en la Ley, todavía tienes tiempo de solicitar esas facturas. “Una persona física tiene como fecha límite el último día del mes de abril para presentar su declaración del ejercicio anterior. Una vez que termine diciembre de 2017, ya no hay forma de prever el pago de impuestos anticipadamente”, explicó. Arreguín dijo que el gran problema de los contribuyentes es el desconocimiento de los gastos que son deducibles conforme a los límites que marca la Ley de Impuesto sobre la Renta y sobre la importancia de contar con todas las facturas. “Hoy en día, hay varios estímulos fiscales y gastos que son deducibles siempre y cuando los contribuyentes tengan el conocimiento los pueden aprovechar; los gastos hospitalarios, honorarios médicos y colegiaturas son deducibles cuando se pagan con transferencia o tarjeta de crédito”, expuso Arreguín. El socio de AS Consultores sugirió que durante diciembre se tramite la firma electrónica con la contraseña del SAT, con el fin de que cuando se presente la declaración anual no haya preocupación por conseguir una cita para sacarla y así agilizar el proceso de la declaración. Datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) revelan que mantenerse al corriente de los pagos mensuales al momento de presentar la declaración anual aumenta la posibilidad de obtener un saldo a favor. En 2017, se han regresado más de 3 mil 414 millones de pesos con un monto promedio de 7 mil 385 pesos por persona. Además de buscar la asesoría de expertos en la materia, Arreguín recomendó tener a la mano los siguientes documentos al presentar la declaración: constancia de percepciones y retenciones, declaraciones anuales sin adeudos y recibos de honorarios o facturas electrónicas de las actividades realizadas durante todo el año. Los consejos para tener en orden tu año fiscal y poder declarar sin problemas:  1.- Antes de que acabe el año organiza tus facturas; tienes 30 días para pedir los Comprobantes Fiscales (CFDI) del mes de referencia. 2.- Reconoce los gastos que son deducibles: gastos hospitalarios, honorarios médicos y colegiaturas. 3.-Considera que son deducibles cuando se pagan con transferencia o tarjeta de crédito o débito. 4.- Busca la asesoría de expertos en la materia. 5.- Al presentar la declaración ten a la mano la constancia de percepciones y retenciones, declaraciones anuales sin adeudo, recibos de honorarios o facturas electrónicas de las actividades realizadas.   Fuente: El Financiero.

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Todos los cambios de la factura electrónica que te urge conocer antes de 2018

Este 1 de enero será obligatorio facturar bajo el nuevo esquema de CFDI 3.3, el cual llega tras una serie de cambios como el complemento de nómina y de comercio exterior. Ahora el nuevo esquema de CFDI 3.3 es un poco más complejo, así que si no facturas bajo esta versión, tus documentos serán rechazados y podrás ser acreedor de multas de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación. La versión CFDI 3.3 cuenta con 22 nuevos formatos de estructura, 17 catálogos más y 46 reglas de validación, entre los cuales destacan algunas complejidades como el catálogo clave-producto-servicio, en el cual se tendrá que elegir de entre más 50 mil códigos la clave del producto o servicio que tu empresa o negocio venda. Junto con estos cambios, surge algo totalmente nuevo: el complemento de recepción de pagos, que nace para dar solución a problemáticas, que durante estos años la autoridad ha detectado: Falta de conocimiento sobre si una factura ha sido pagada o no Cancelación indebida de facturas pagadas Duplicidad de ingresos en facturación de parcialidades Operaciones a crédito sin pago, pero que se deduce y acredita Ahora, con el complemento de recepción de pagos se establece el modelo de facturación para pagos posteriores o en parcialidades, con la finalidad de simplificar y de facilitar la conciliación entre estos y las facturas. Este complemento cambiará los procesos de una empresa; incrementará el consumo de timbres, así como el número de operaciones y registros. Además, con su uso y una vez acreditado un cobro, imposibilitará la cancelación de facturas. También se esperan las reglas definitivas para el proceso de cancelación de CFDIs, las cuales entrarán en vigor a principios de 2018. A pesar de que la versión 3.3 tiene la finalidad de mejorar la calidad de los datos, el impacto hacia las empresas mexicanas será grande y podría poner en aprietos su operación. El CFDI 3.3 cuenta con 22 nuevos formatos de estructura, 17 catálogos más y 46 reglas de validación. 1. Campos: se añadieron 22 datos de información, entre los cuales destacan uso de CFDI, régimen fiscal del emisor, número de registro tributario del receptor, uso de CFDI para el receptor, entre otros. 2. Catálogos: esta versión 3.3 cuenta con 17 nuevos catálogos, y algunos de los más complejos son clave en unidades de medida, código postal, y sobre todo clave-producto-servicio. Es decir que ahora se tendrá que elegir de entre más 50 mil códigos la clave del producto. 3. Reglas de validación: de igual manera se agregaron 46 reglas, como RFC del receptor registrado; zona horaria basada en el C.P. del emisor; régimen fiscal del emisor, etc. Si bien dichos cambios serán difíciles de asimilar, aun así existen diversas acciones que podrán ayudarte a sobrellevar estas modificaciones. Acércate con tu contador y asesores de sistemas Infórmate constantemente, debido a que las reglas cambian día con día Prepárate, quedan menos de dos semanas y hasta la fecha no hay prórroga Mantén tus sistemas actualizados y cerciórate de que éstos cumplan en tiempo y forma con las regulaciones Finalmente, debes estar consciente de lo que implican tales modificaciones en esta versión 3.3, muy probablemente continuará habiendo cambios, lo hemos visto con la historia que sí sucede y de manera constante. Por otro lado, recuerda que también está pendiente el tema de recibos de pago, que también se integró este año.   Fuente: Excélsior.

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5 cosas que toda Pyme debe saber sobre la nueva factura electrónica

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió implementar la nueva versión de factura electrónica 3.3, que entró en vigor el 1 de julio de 2017. Esta actualización demanda a las Pymes contar con información más detallada y precisa de sus operaciones, así como la oportunidad de automatizar sus procesos. En México existen más de 4 millones de empresas, de las cuales 97.6 por ciento son microempresas, 2 por ciento pequeñas y 0.4 por ciento medianas, por lo que representa un gran reto para todas ellas conocer los aspectos más relevantes sobre esta nueva disposición fiscal. A decir de los expertos, la nueva factura mejorará y hará más fácil su uso tanto para los contribuyentes como para el SAT. Entre otros aspectos, permitirá realizar declaraciones y pedimentos, alinear procesos, eliminar declaraciones, simplificar la emisión de la factura electrónica y eliminar errores. Por ello te compartimos cinco aspectos fundamentales que te ayudarán en el cumplimiento de las nuevas disposiciones fiscales vigentes, como facturación, nómina y contabilidad. LA NUEVA VERSIÓN Todas las facturas, notas de crédito (comprobantes de egresos), recibos de honorarios y de arrendamiento, recibos de nómina electrónicos y comprobantes de recepción de pagos que sean emitidos deberán apegarse a la versión 3.3 establecida por el SAT a partir de julio de 2017. La nueva versión de comprobantes fiscales digitales incorpora nuevos catálogos como: tipo de comprobante, uso de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), moneda, métodos y formas de pago, clave de producto o servicio, unidad de medida, impuestos y su aplicación, país, código postal, régimen fiscal e información aduanal. Además, se establecen nuevos lineamientos para validar y timbrar los CFDI, como validación del RFC receptor, fecha y lugar de expedición, moneda y tipo de cambio, entre otros. OBLIGATORIO El SAT determinó realizar la actualización para unificar y tener un mejor control en el registro y presentación de la información fiscal a partir del contenido de las declaraciones y comprobantes fiscales digitales que envían los contribuyentes. Por ello, todos los contribuyentes, empresas y personas físicas, sin importar el monto de ingresos o la actividad que realicen, deben cumplir con esta nueva obligación fiscal. MEJOR CONTROL Entre los motivos que llevó a la autoridad fiscal a implementar la nueva disposición se encontraron datos no estandarizados como el campo país y moneda, RFC del receptor inexistente para el autoridad fiscal, especificación de importes con cantidades incorrectas o negativas, fechas no asociadas a la zona horaria donde se emite el comprobante, así como campos y rubros que dificultaban la gestión de datos por parte de la autoridad. FECHA LÍMITE Esta nueva disposición fiscal entró en vigor a partir del 1 de julio de 2017; sin embargo, las dos modalidades de facturación versión 3.3 y 3.2 convivirán hasta el 30 de noviembre del año en curso. De esta forma, los contribuyentes tienen tiempo suficiente para hacer una adecuada migración de su facturación electrónica, poniendo especial atención a los aspectos que requieren una mayor inversión de horas, por ejemplo, relacionar claves y descripciones de los catálogos requeridos para llenar las facturas, así como realizar las pruebas necesarias para tener lista la única versión válida. Fuente: El Financiero.

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Cosas que debes saber sobre la nueva factura electrónica

Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), o lo que comúnmente se conoce como factura electrónica, cambiarán a partir de este 1 de julio: la versión 3.3. Esta modificación es obligatoria para todos los contribuyentes, no importa si son personas físicas o empresas, ni tampoco el monto de ingresos, o bien la actividad que realicen. ¿Cuáles son los cambios y cómo llenar de manera correcta este documento? Te decimos la manera en la que debes seguir los lineamientos establecidos por el SAT, ya que de ello depende que tengas acceso a deducciones. Pautas Debe verificarse la existencia y capturar de forma correcta el número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor y del emisor, para comprobar que el registro se encuentra activo y no está cancelado por la autoridad fiscal. Esta validación recaerá en quien emita el CFDI y en el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Fecha, hora y lugar de expedición. Estos campos deben ser congruentes entre sí. La validación de los CP se hará a partir del catálogo publicado por el Servicio Postal Mexicano (Sepomex) o del que el contribuyente haya proporcionado al solicitar su RFC. Es necesario incluir en el CFDI la clave con la que se identifica el tipo de factura y fin administrativo que se le dará, si es un ingreso, egreso, un traslado, nómina o pago. En esta versión se deberá especificar si la liquidación de la factura se efectúa en una sola exhibición o en parcialidades. Cuando se autoriza a meses, se debe emitir una primera factura por el valor total de la operación y luego se debe generar un CFDI por cada una de las parcialidades activando el complemento “recepción de pago”. La cantidad de decimales que se pueden expresar en el CFDI dependerá del tipo de moneda que se emplee. Esto está determinado en un catálogo al que se debe prestar atención. Tipo de cambio será requerido cuando la clave de moneda sea distinta de la moneda nacional (pesos). El valor debe reflejar el número de pesos que equivalen a una unidad de la divisa señalada en el atributo moneda. Se deberá dar cuenta de la forma de pago con la que se adquirieron los bienes o de la prestación de los servicios detallados en el CFDI. Aquí se pueden consultar las claves correspondientes a efectivo, cheque, transferencia electrónica u otro. Uno de los cambios más importantes en el uso de nuevos catálogos y plantillas (17 nuevos), es el de “productos y servicios”, ya que en esta versión del CFDI se tendrá que clasificar cada concepto a facturar con base en un catálogo con 52 mil 839 conceptos. Otro de los nuevos catálogos que sobresale es el de “uso CFDI”, ya que en esta versión se tendrá que indicar en el comprobante el uso que le dará el receptor (adquisición de mercancía, gasto, inversión de activo fijo, etcétera). Sellos digitales y cadena, cada uno de ellos alude al lenguaje único de cada CFDI.   Fuente: Excélsior.

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